
FOMIPYME otorgará incentivos a programas, proyectos y actividades dirigidos al desarrollo tecnológico y al fomento y promoción del sector micro, pequeño y mediano empresarial.
Usuarios
Podrán acceder a los incentivos del FOMIPYME:
Las micro, pequeñas y medianas empresas que, en el momento de la
solicitud de incentivos, respondan a los parámetros establecidos en el
artículo 2º de la Ley 590 de 2000 y demás normas concordantes, y que
adelanten programas, proyectos o actividades para su modernización y
desarrollo tecnológico.
Las organizaciones y entidades de apoyo a las Mipymes, entre las que se cuentan las organizaciones no gubernamentales, las fundaciones, corporaciones y entidades dedicadas al fomento y promoción de las Mipymes, los gremios y las asociaciones de micro, pequeños y medianos empresarios, los centros de desarrollo tecnológico, empresarial y productivo, las instituciones de educación superior, las organizaciones de economía solidaria, las asociaciones de organizaciones de base y/o fundaciones, gremios, los institutos de investigación del sector y organizaciones e instituciones con programas, proyectos y actividades dirigidos a la creación de empresas y al fomento del espíritu empresarial, entre otros.
Asimismo, los Consejos Regionales de Micro, Pequeña y Mediana Empresa, los Comités Municipales para el fomento de las Microempresas, los CARCES, los Consejos Regionales para el Empleo y los Consejos Departamentales para el Desarrollo Productivo podrán respaldar proyectos a ser ejecutados por las instituciones locales o regionales de fomento y promoción de las Mipymes.